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LA IMPORTANCIA DE LA AUTONOMÍA
La autonomía en
la defensa de los
derechos humanos
Luis Raúl González Pérez*
Más allá de las discusiones doctrinales que
suscita la naturaleza y características de los
organismos constitucionales autónomos,
dentro del esquema tradicional de división
de poderes, es claro que los mismos desem-
peñan tareas esenciales o prioritarias para
el Estado mexicano, asumiendo respecto
de las mismas responsabilidades y atribu-
ciones de primer orden, como garantes del
buen y debido desarrollo de tales tareas,
al margen de coyunturas políticas econó-
micas o de cualquier otra índole, y en el
marco de un estado democrático de dere-
cho. Al igual que cuestiones tales como la
determinación de las políticas monetarias
del país o la organización de los procesos
electorales, las defensa, promoción y res-
peto de los derechos humanos se encuen-
tran entre las tareas estatales que se han
encomendado a instancias de este tipo.
os párrafos cuarto y quinto del artículo
102, apartado B, de la Constitución Política
Lde los Estados Unidos Mexicanos, disponen
que los órganos de protección de derechos hu-
manos, tanto a nivel federal como local, tendrán
carácter autónomo, detallándose en el caso de la
instancia federal, que dicho carácter comprende-
rá la autonomía de gestión, la presupuestaria, así
como el contar con personalidad jurídica y patri-
monio propios. De este modo, estos organismos
son parte del Estado mexicano y no forman parte
Fotos: Anayansin Inzunza. o están vinculados a gobiernos o instituciones po-
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